La posición de liderazgo y excelencia de Asepeyo es el resultado de combinar un crecimiento sostenible con un fuerte compromiso social y una sólida cultura de cumplimiento en el seno de la Mutua, impulsada y respaldada de manera especial por nuestra Junta Directiva y la Dirección General de la Entidad.
En Asepeyo exigimos a todos nuestros empleados, así como a aquellos colaboradores que actúen en nuestro nombre y/o por nuestra cuenta, que desempeñen sus funciones con expresa sujeción a la legislación vigente, respetando al máximo nuestros valores y principios éticos, y de conformidad con todas las políticas, procedimientos y controles internos que sean aplicables.
Por lo que respecta al funcionamiento de las mutuas, los ingresos procedentes de las cuotas de la Seguridad Social obtenidas por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social como consecuencia de la gestión desarrollada, así como los bienes muebles o inmuebles en que puedan invertirse dichos ingresos, forman parte del patrimonio de la Seguridad Social y están afectados al cumplimiento de los fines de ésta.
La colaboración de las mutuas no puede servir de fundamento a operaciones de lucro mercantil ni comprende actividades de captación de empresas asociadas o de trabajadores adheridos.Tampoco podrá dar lugar a la concesión de beneficios de ninguna clase a favor de los empresarios asociados, ni a la sustitución de estos en las obligaciones que les correspondan por su condición de empresarios.
Esta colaboración se rige por los artículos 80 y siguientes del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en relación con el régimen jurídico de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y por el Reglamento sobre Colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.
Las mutuas, en su colaboración en la gestión de la Seguridad Social, realizan las siguientes actividades:
- La gestión de las prestaciones económicas y de la asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación, comprendidas en la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como de las actividades de prevención de las mismas contingencias que dispensa la acción protectora.
- La gestión de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
- La gestión de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
- La gestión de las prestaciones económicas por cese en la actividad de los trabajadores por cuenta propia.
- La gestión de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
- Las demás actividades de la Seguridad Social que les sean atribuidas legalmente.
Las actividades, prestaciones y servicios atribuidos a las mutuas se financian mediante las cuotas de la Seguridad Social adscritas a las mismas. Por lo que respecta a la distribución del resultado económico de las mutuas, una vez terminado el proceso liquidatorio y garantizadas las obligaciones sociales, son ingresados en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para controlar la gestión económica financiera de las mutuas, éstas están sujetas a control financiero por parte de la Intervención General de la Seguridad Social, quien anualmente realiza una auditoría de cuentas anuales y una auditoría de cumplimiento, de conformidad con lo previsto en los artículos 168 y 169 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Como entidad del sector público, Asepeyo está sometida a la función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas, que comprueba si su actividad económico-financiera respeta los principios de legalidad, eficiencia y economía, y ha de rendir sus cuentas anuales ante el referido Tribunal.
Por otro lado, para la contratación de obras, suministros y servicios, Asepeyo se rige por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, que incluye en su ámbito de aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, como entidades del sector público que no son Administración Pública.
Asepeyo respeta la confidencialidad y seguridad de los datos de carácter personal de los trabajadores de sus empresas mutualistas y de los trabajadores adheridos. Estos son tratados de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa estatal y/o autonómica que pueda resultar de aplicación.
Dirección de Cumplimiento
En febrero de 2020 la Junta Directiva de Asepeyo aprobó la creación de la Dirección de Cumplimiento, manteniendo de esta manera el desarrollo de una cultura corporativa basada en la ética y en la observación de la normativa interna y externa en la Mutua. Esta dirección tiene como objetivo velar por el cumplimiento normativo interno y externo, supervisar la aplicación de los principios y valores éticos que la Organización ha adoptado voluntariamente y las normas de conducta que los desarrollan. También debe identificar, analizar y valorar los riesgos relacionados con el cumplimiento normativo para priorizar acciones de prevención, detección y gestión.
La Dirección de Cumplimiento responde frente a la Junta Directiva y la Dirección General en relación a los daños causados por dolo, negligencia grave, incumplimiento grave de las normativas internas y externas que le sean de aplicación a la Mutua, cuando estos ocurran dentro del ámbito de actuación. Actúa en el ejercicio de sus funciones con plena autonomía, teniendo acceso directo e inmediato a cualquier área de la Entidad, sin necesidad de autorización previa, y en la medida de lo que sea necesario para el desarrollo de su trabajo. Su designación y, en su caso, su destitución serán atribuciones propias e indelegables de la Junta Directiva y de la Dirección General.
Modelo de Cumplimiento
La Entidad durante 2021 ha reorganizado su modelo de cumplimiento basado en seis puntos de desarrollo:
Comité de Auditoría
El papel fundamental del Comité de Auditoría es el asesoramiento y el consejo especializado de la Junta Directiva en todo aquello que tenga que ver con los organismos de control externo, los sistemas de control interno y el seguimiento del cumplimiento normativo. El comité de auditoría tiene las competencias en la recepción y evaluación de los resultados e informes de los organismos auditores externos, la supervisión y seguimiento de los sistemas de control interno y la gestión del Área de auditoría interna de la Mutua. El comité está formado por 4 miembros, siendo dos de ellos miembros de la Junta Directiva.
Comité de Cumplimiento
El Comité de Cumplimiento es un órgano colegiado, autónomo e independiente, cuya función es la de colaborar con la Dirección de Cumplimiento en el soporte y asesoramiento a la Mutua en el proceso de implantación del Modelo de Cumplimiento, así como hacerse cargo de resolver los posibles incumplimientos del Modelo y las consultas que puedan plantearse respecto al mismo.
Comité de Nombramientos y Retribuciones
El Comité de Nombramientos y Retribuciones actúa en todas las áreas de la Mutua, tanto en la Organización Territorial como en las Direcciones Funcionales y Hospitales, a excepción de los nombramientos de alta dirección de la Entidad, que son competencia del Comité delegado de la Junta Directiva, a propuesta de la Dirección General. El objetivo del Comité es el análisis, supervisión y autorización de las propuestas de nombramiento y retribución salarial para cubrir los cargos de confianza (puestos de dirección) definidos en el organigrama general de la Mutua.