Los órganos de gobierno de Asepeyo son la Junta General, la Junta Directiva y el Director Gerente.
Junta General
Es el órgano superior de gobierno de la Entidad, estando integrada por todas las empresas. También forma parte de la misma un representante de los trabajadores al servicio de la entidad.
Se reúne, con carácter ordinario, una vez al año, para aprobar el anteproyecto de los presupuestos y las cuentas anuales, y con carácter extraordinario las veces que sea convocada por la Junta Directiva.
Designa y renueva los miembros de la Junta Directiva, y es informada sobre las dotaciones y aplicaciones del patrimonio histórico, la reforma de los estatutos, la fusión, absorción y disolución de la Entidad, la designación de los liquidadores y la exigencia de responsabilidad a los miembros de la Junta Directiva.
Junta Directiva
La Junta Directiva tiene a su cargo el gobierno directo de la Mutua. Está formada por entre 10 y 20 miembros, de los cuales 19 son empresas asociadas, designadas por la Junta General, y 1 es el representante de los trabajadores, que también forma parte de la Junta General. El nombramiento de los miembros de la Junta Directiva está supeditado a la confirmación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a excepción del representante de los trabajadores.
La Junta Directiva tiene constituidos los siguientes Comités o Comisiones:
Comisión Permanente. Tiene las mismas facultades que la Junta Directiva, excepto las indelegables. Se reúne en los intervalos en que no lo haga la Junta Directiva.
Comité de Nombramientos y Retribuciones. Tiene la facultad de nombrar el Director Gerente y el personal de la Mutua que ejerce las funciones ejecutivas de alta dirección, así como la fijación y actualización de sus retribuciones y demás condiciones de trabajo. Está formado por el Presidente y los Vicepresidentes.
Comité de Auditoría. Su función es el asesoramiento y consejo especializado de la Junta Directiva en relación a los organismos de control externo, los sistemas de control interno y el seguimiento del cumplimiento normativo. Está formado por dos miembros de la Junta Directiva, la Directora de Cumplimiento y el Secretario General de la Mutua.
Los miembros de la Junta Directiva no perciben retribución alguna por su gestión, salvo la dieta por asistencia a las reuniones de la Junta Directiva y la Comisión Permanente, establecida en el año 2021 en 863,38 euros por persona y reunión. (Ver su composición en el Anexo).
Director Gerente
El Director Gerente es el órgano que ejerce la dirección ejecutiva de la Mutua y a quien corresponde desarrollar sus objetivos generales y la dirección ordinaria de la entidad.
Es designado por la Junta Directiva, estando su nombramiento supeditado a la confirmación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En la actualidad ostenta el cargo D. Alejandro Iñareta Serra.
Subdirecciones Generales
La organización general de Asepeyo queda configurada entorno al Director Gerente, la Dirección de Cumplimiento/Compliance Officer, la Secretaría General, y la Subdirección General Corporativa, con el apoyo de 3 subdirecciones: la Subdirección General Sanitaria, la Subdirección General de Medios y la Subdirección General Económica.
- Dª Eva Mendoza Seguí, Directora de Cumplimiento, cuya principal función es velar por la prevención, detección y gestión de los riesgos para asegurar el cumplimiento de la normativa de aplicación a la Mutua.
- D. Jorge Vilanova Martínez-Frías, Secretario General, ejerce las funciones de asesor legal para la actividad diaria de la entidad y, de forma específica, para la Junta Directiva y la Dirección General.
- D. Antonio Sancho Goñi, Subdirección General Corporativa, asume las funciones de dirección de la organización territorial a nivel nacional, las políticas organizacionales transversales y asesoramiento respecto a decisiones mayores.
- Dª Isabel García Gismera, Subdirectora General Sanitaria.
- D. Ricardo Alfaro Puig, Subdirector General de Medios.
- D. Carlos Puigbó Oromí, Subdirector General Económico.
De esta estructura que forma el Comité de Gerencia se despliegan dos líneas diferenciadas con las cuales se formará la estructura organizativa de la entidad: una línea jerárquica y otra funcional.
Organización jerárquica-territorial: Parte del establecimiento de unidades de gestión a distintos niveles, que poseen su propia organización jerárquica y cuya función es la de gestionar, con amplia autonomía en cada ámbito, los recursos asignados a fin de alcanzar los objetivos propuestos, dentro del marco establecido por las instrucciones generales y los objetivos de la entidad.
Organización funcional-técnica: Se basa en el criterio de especialización, necesario en una actividad pluridisciplinaria, y se estructura en la existencia de diferentes direcciones que se responsabilizan del correcto funcionamiento y mejora de las distintas áreas funcionales de la Mutua, gestión ejecutiva de procesos internos y asesoramiento a la Organización, emitiendo las oportunas normas e instrucciones que fijan el marco de referencia para la actuación de las distintas unidades de gestión.
La organización hospitalaria propia constituye una estructura jerárquica formada por unidades operativas especializadas, de alto nivel técnico, creadas para dar servicio a la red de centros asistenciales y oficinas en aquellos aspectos de la asistencia sanitaria que escapan o exceden a sus posibilidades efectivas y no pueden ser cubiertos por sí mismos.
Con igual dependencia de las instrucciones y objetivos generales de la Entidad, tiene la máxima autonomía con el fin de poder adaptar su estructura y reglamentación interna a las especiales características de su función.
Remuneración de la alta dirección
El importe de las retribuciones del director gerente y el personal que ejerza funciones ejecutivas vinculadas por contratos de alta dirección, se regula en el artículo 88.4 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que remite a los límites máximos fijados por el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, y a la clasificación aprobada por Orden comunicada de 2 de enero de 2015. Para el año 2021 los conceptos retributivos son:
Director Gerente
- Retribución básica: 113.694,08 €
- Complemento del puesto: 68.216,27 €
- Complemento variable: 45.477,60 €
Personal de alta dirección (Subdirectores Generales)
- Retribución básica: de 81.600,06 a 86.704.95 €
- Complemento del puesto: de 43.915,86 a 52.021,95 €
- Complemento variable: de 32.640,04 a 34.675 ,89 €
El objetivo por el que se retribuía el complemento variable en el año 2021 fue fijado en el mismo porcentaje del resultado de la gestión de las contingencias profesionales que se había establecido para el personal de la Mutua.
Los contratos de trabajo de alta dirección fueron redactados conforme el modelo de contrato remitido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Las indemnizaciones por extinción del contrato de alta dirección, así como los plazos de preaviso, son los previstos en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, con las limitaciones establecidas en la disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, en la redacción introducida por la disposición final vigésima séptima de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, sin que se prevea el pago de indemnizaciones superiores a las fijadas en la citada normativa. No existen beneficios por jubilación diferentes a las aportaciones al Plan de Pensiones de Empleo, en las mismas condiciones que el resto del personal de la Mutua.